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socio minoritario

¿Qué puedo hacer con mi “n” por ciento del capital social de una sociedad?

Introducción

El socio minoritario solo puede tener un “acuerdo de socios” que lo ampare. O unos Estatutos (menos frecuente). Su posición en la sociedad, suele ser irrelevante, menospreciada y con frecuencia vilipendiada. Sin embargo, la ley (LSC) en alguna ocasión, contempla derechos según el porcentaje de participación.

Estos que exponemos a continuación son los derechos que amparan al socio minoritario.

Contacto No te quedes con la duda, contacta con nosotros. Estaremos encantados de atenderte y ofrecerte soluciones.

1.- ¿Qué puedo hacer con un uno (1%) por ciento del capital de una sociedad?

2.- ¿Qué puedo hacer con un cinco por ciento (5%) del capital de una sociedad?

Además de los Derechos anteriores, también puedo:

En las Sociedades Anónimas Cotizadas, los Derechos reconocidos a los accionistas con un 5% en SA, se adquirirán cuando los accionistas representen un 3%.

3.- ¿Qué puedo hacer con un diez por ciento (10%) del capital social de una sociedad?

Todos los derechos propios de quien tiene el cinco por ciento del capital social, y además los siguientes…

4.- ¿Qué puedo hacer con un veinticinco (25%) del capital social de una sociedad?

Todos los derechos anteriores y además los siguientes…

Conclusión

Por regla general, la mayoría de socios que tienen un porcentaje de capital social inferior al 51% desconocen los Derechos que la Ley les concede. Si bien, el socio minoritarios también tiene una lista de Derechos que le permiten actuar ante determinadas situaciones. Ante cualquier duda de cuáles son sus Derechos como Socio minoritario y qué puede hacer, no dude en contactar con un abogado.

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