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Directiva de diligencia debida en materia de sostenibilidad: Guía completa

¿Como se la conoce y a qué responde su acrónimo? Cuando se aprobó? ¿Cuando entró en vigor? ¿Cuanto tiempo tienen los paises para incorporarla a su regulación interna? ¿A qué empresas afecta? ¿Qué sanciones prevé en caso de incumplimiento? ¿Cómo deben integrar la diligencia debida en materia de sostenibilidad en sus órganos de gobierno? ¿Como deben identificar las empresas los riesgos e impactos en materia de sostenibilidad? ¿Cómo deben las empresas tomar medidas para prevenir o mitigar los riesgos e impactos negativos identificados? ¿Cómo deben las empresas tomar medidas para reparar los daños? ¿Cómo deben las empresas supervisar la eficacia de sus medidas de diligencia debida en materia de sostenibilidad?

Nombre y acrónimo:

La Directiva de diligencia debida en materia de sostenibilidad se conoce como CSDDD por sus siglas en inglés (Corporate Sustainability Due Diligence Directive).

Fecha de aprobación y entrada en vigor:

La propuesta de la Directiva fue presentada por la Comisión Europea en febrero de 2022. El Parlamento Europeo y el Consejo Europeo llegaron a un acuerdo provisional sobre el texto final el 14 de diciembre de 2023. La Directiva se aprobó formalmente el 8 de marzo de 2024 y entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Los Estados miembros tendrán dos años para transponerla a su legislación nacional.

Empresas afectadas:

La CSDDD se aplica a todas las empresas de la Unión Europea que tengan:

  • Más de 500 empleados y una facturación anual neta superior a 150 millones de euros.
  • Más de 250 empleados y una facturación anual neta superior a 40 millones de euros y que operen en sectores de alto impacto ambiental o social, como la agricultura, la extracción de minerales, la textil o la fabricación de productos químicos.

Sanciones por incumplimiento:

Los Estados miembros deberán establecer un sistema de sanciones por el incumplimiento de la Directiva, que podrán incluir:
• Multas de hasta el 4% de la facturación anual global de la empresa.
• Exclusión de la participación en licitaciones públicas.
• Prohibición de recibir financiación pública.

Integración en los órganos de gobierno:

Las empresas deberán integrar la diligencia debida en materia de sostenibilidad en sus órganos de gobierno de la siguiente manera:

  • Designar un miembro del consejo de administración o del órgano de gestión responsable de la diligencia debida en materia de sostenibilidad.
  • Adoptar una política de diligencia debida que establezca los procedimientos para identificar, prevenir y mitigar los riesgos e impactos negativos en materia de derechos humanos y medio ambiente.
  • Formar a los empleados en materia de diligencia debida en materia de sostenibilidad.

Identificación de riesgos e impactos:

  • Las empresas deberán identificar los riesgos e impactos en materia de sostenibilidad a través de:
    Evaluación de su propia actividad y de sus cadenas de valor.
  • Consulta con las partes interesadas, como las organizaciones de derechos humanos, las organizaciones ambientales y los sindicatos.
  • Utilización de herramientas e indicadores disponibles para la evaluación de riesgos e impactos.

Prevención y mitigación de riesgos e impactos:

Las empresas deberán tomar medidas para prevenir o mitigar los riesgos e impactos negativos identificados, como:

  • Establecer planes de acción para prevenir o reducir los riesgos e impactos negativos.
  • Colaborar con sus proveedores para que también implementen medidas de diligencia debida en materia de sostenibilidad.
  • Desinvertir en empresas que causen graves daños a los derechos humanos o al medio ambiente.

Reparación de daños:

Las empresas deberán tomar medidas para reparar los daños causados por sus actividades, como:

  • Compensar a las víctimas de los daños.
  • Restaurar el medio ambiente dañado.

Supervisión de la eficacia de las medidas:

Las empresas deberán supervisar la eficacia de sus medidas de diligencia debida en materia de sostenibilidad mediante:

• Realización de auditorías internas regulares.
• Publicación de informes sobre sus medidas de diligencia debida y sus resultados.

Para mayor información

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Proposal for a Directive on Corporate Sustainability Due Diligence:
Propuesta de Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad y anexo – Comisión Europea (europa.eu)

Questions and Answers on Sustainability Due Diligence:
Questions and Answers: Just and sustainable economy (europa.eu)

Ayudanos a mejorar: 

https://www.sondea.eu/s3/0689418e96be

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