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MIFID para las entidades de crédito

¿Cuál es la importancia de MIFID para las entidades de crédito y las empresas de servicios de inversión?

¿Qué obligaciones y clasificaciones introduce MIFID en el ámbito regulatorio financiero? ¿Qué significa que esta normativa es de Nivel 1, según el Informe Lamfalussy? ¿Qué importancia tiene la transparencia en la armonización de los mercados y la protección de inversores? ¿En qué consiste el deber de asignar responsabilidades dentro de la entidad de crédito o empresa de servicios de inversión?

Introducción

¿Cuál es la importancia de MIFID para las entidades de crédito y las empresas de servicios de inversión? El Informe Lamfalussy sienta un marco para el desarrollo regulatorio del sector financiero. El proceso está dividido en cuatro niveles. Estos dependen de la fase de implantación de la normativa en materia financiera. Dentro del primer nivel están las Directivas y Reglamentos del Parlamento Europeo y el Consejo.

En este artículo veremos la naturaleza de la Directiva de Mercados de Instrumentos Financieros (MIFID), que constituye un eje esencial en el Nivel 1. De este modo, conoceremos las obligaciones, desarrollos y puntos fundamentales que introduce MIFID en el sistema regulatorio financiero.

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Normativa de Nivel 1: MIFID

Según el Informe Lamfalussy, MIFID es normativa de primer nivel. Esto significa que es un factor unificador de la normativa de los Estados miembros de la UE en materia regulatoria. Todos los Estados tienen la obligación de conciliar sus normas sobre servicios y actividades de inversión. Así, MIFID permite a entidades de crédito y empresas de servicios de inversión llegar más allá de sus fronteras y prestar servicios en otros países de la UE.

Esto es lo que se conoce como “pasaporte único”. El Estado de origen tiene que autorizar a una institución para llevar a cabo su actividad. Así, esta podrá operar en otros países de la UE sin tener que obtener autorización local.

Asesoramiento y protección a los inversores

Las recomendaciones financieras de corte individual son una importante novedad que incluye MIFID. La protección de los inversores evidencia que la regulación sobre estas recomendaciones sea más que crucial. Sobre todo, cuando se da este servicio según las características de cada cliente. Además, si el asesoramiento se presta con carácter continuo, se suele suscribir un contrato de asesoramiento financiero y de inversión.

Por otro lado, la recomendación no personalizada es aquella que se proporciona sin considerar las singularidades del inversor.

Clasificación de clientes

Existen tres tipos de clientes que varían en función de la experiencia que poseen en el campo de las inversiones. Asimismo, para la clasificación se tiene en cuenta el prestigio de la entidad regulada, los conocimientos que posee y la capacidad financiera. MIFID distingue entre: clientes minoristas, clientes profesionales y contrapartes elegibles. Los clientes minoristas obtienen la mayor protección, ya que cuentan con menos experiencia y conocimiento en el sistema financiero. Los clientes profesionales ostentan una protección de carácter limitado porque comprenden el funcionamiento del sistema financiero y sus riesgos. Las contrapartes elegibles no poseen protección porque tienen el máximo conocimiento del sistema y cuentan con más experiencia.

Regulación sobre normas de conducta

Una de las inclusiones más relevantes de MIFID son las normas de conducta. Las entidades deben contar con sistemas y procesos que permitan dar cumplimiento a las órdenes de sus clientes de manera ágil, correcta y puntual. Ello permite realizar operaciones sin discriminación de clientes.

Por ello, antes de que se lleven a cabo las órdenes de los clientes, se establecen ciertas obligaciones a la entidad bancaria. Además, es preciso observar otras obligaciones recogidas en MIFID en la propia ejecución de la orden del cliente. Estas obligaciones buscan la opción que suponga más ventajas para este.

En este punto es preciso parar sobre otra clave que trae MIFID. Es el régimen para los instrumentos financieros. Su objetivo es asegurar que la ejecución de la orden se produce cumpliendo estándares de calidad. La negociación se hace a través de diferentes sistemas y MIFID prevé dar respuesta y protección a la ejecución de las operaciones.

Escenario actual de los Mercados

Con MIFID la negociación se transformó hasta crear un orden nuevo. Por un lado, la concentración de órdenes llegó a su fin. Por otro lado, supuso la expansión de libertad en los sistemas de liquidación y compensación. Esto exige el desarrollo de una regulación de principios que aseguren una actividad correcta. Los principios descansan sobre la base de información adecuada.

Además, esta idea tiene relación con un factor básico de MIFID: la transparencia.

La transparencia es vital para asegurar una actuación armónica de los mercados. También protege a los inversores. Así pues, MIFID prevé normas sobre la transparencia y el sistema que debe regirla. Como la negociación en el ámbito de la UE es un reto en el sistema financiero, MIFID intenta conciliarla.

Por esta razón, MIFID sugiere tres sistemas de negociación: Mercados Regulados, Internalizadores Sistemáticos (IS) y Sistemas Multilaterales de Negociación (conocidos como SMN). Los SMN y los Mercados Regulados son sistemas que reúnen órdenes de compra y venta de instrumentos financieros. Pero los IS son distintos. Son actividades creadas por una entidad que ejecuta órdenes al margen de los SMN y los Mercados Regulados.

Sin embargo, la idea de que las entidades puedan realizar a la vez las actividades recogidas en MIFID puede crear conflictos de interés.

La importancia del cumplimiento normativo

El cumplimento normativo de las empresas que operan en el sistema financiero es un deber de estas. Las entidades deben asegurar que han implantado unas políticas de asunción de responsabilidades adecuadas y transparentes. Esto trae la obligación de nombrar a una persona que tenga la responsabilidad de esta función. Se comunicará la situación al órgano supervisor.

De este modo, la normativa obliga a garantizar la idoneidad de las personas que dirijan la gestión de inversiones. Por tanto, los directivos y responsables deben reunir suficiente experiencia y conocimiento para gestionar la empresa.

Además, la empresa tiene la obligación de controlar y gestionar los potenciales riesgos derivados de las actividades. El control de riesgos y las auditorías internas cobran gran relevancia en este campo. Por ello, las entidades deben encargarse de conservar un registro que posibilite supervisar las obligaciones para con los clientes. Dicha información tiene que ponerse a disposición del supervisor.

Los conflictos de interés en las entidades de crédito nos llevan a conocer las exigencias de MIFID. Las entidades deben contar con estructuras internas eficaces que permitan identificar y controlar la existencia de estos. La empresa debe aprobar políticas internas y procedimientos adecuados para mitigarlos.

Conclusiones

A raíz de lo recogido en MIFID, podemos obtener estas conclusiones en el ámbito regulatorio:

  • MIFID es normativa de Nivel 1. Su contenido guía la interpretación de la legislación comunitaria en materia financiera.
  • La protección de los inversores se configura como piedra angular del sistema financiero. A través de la distinción de clientes en función de su conocimiento y experiencia, se determina el grado de protección.
  • La transparencia es un elemento vital para la protección de los inversores y uniformidad del mercado.
  • Las responsabilidades deben estar bien asignadas y diferenciadas en la estructura de la entidad de crédito o empresa de servicios de inversión. Ello garantizará la correcta comunicación de la entidad con el órgano supervisor.
  • El orden interno de la entidad permitirá identificar y controlar los conflictos de interés.

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